La Comunidad Andina emplaza a Colombia y Ecuador a retirar sus aranceles recíprocos

Bloomberg Línea · 2026-05-08

La CAN ordenó a Colombia y Ecuador retirar los aranceles recíprocos impuestos en medio de tensiones comerciales, citando vulneraciones del Acuerdo de Cartagena. La medida busca restablecer la libre circulación de mercancías dentro del bloque subregional.

Análisis Nivexa

La Secretaría General de la Comunidad Andina (CAN) emitió, el 7 de mayo, tres resoluciones que obligan a Colombia y Ecuador a eliminar, en un plazo de diez días, los aranceles recíprocos que habían sido instaurados en medio de tensiones comerciales. Estas medidas, que incluían una “tasa de seguridad” del 30 % y una “tasa de servicio de control aduanero” del 100 % para productos colombianos, fueron calificadas por la CAN como vulneraciones del Acuerdo de Cartagena.

Para los importadores y exportadores, la decisión implica una reversión de los gravámenes que habían encarecido significativamente el flujo de mercancías entre ambos países. Los aranceles de hasta 75 % que Colombia aplicó a productos ecuatorianos y los 100 % que Ecuador había impuesto a los colombianos se verán reducidos, lo que restablece la competitividad de los bienes dentro del bloque subregional. Sectores como agroindustria, textiles y productos manufacturados, que dependían de precios estables, podrán volver a operar con márgenes más previsibles. Sin embargo, la incertidumbre generada durante el periodo de alta tributación puede haber motivado a algunos compradores a buscar proveedores fuera de la CAN, lo que podría traducirse en una reconfiguración parcial de las cadenas de suministro.

Ante este escenario, recomendamos a los operadores que revisen la clasificación arancelaria de sus productos y verifiquen la vigencia de los códigos aplicables bajo el Programa de Liberación de la CAN. Es pertinente actualizar los análisis de costos-beneficio, considerando tanto los aranceles como los posibles costos logísticos adicionales derivados de la restricción al uso exclusivo del puente de Rumichaca. Asimismo, es útil confirmar que la documentación de origen y los certificados de cumplimiento normativo (DIAN, INVIMA, ANLA) estén al día, para evitar contratiempos en la nacionalización.

En términos logísticos, la eliminación de los aranceles podría reactivar el flujo terrestre y marítimo entre ambos países, reduciendo la necesidad de rutas alternativas más costosas. Los importadores que operan desde China y utilizan la CAN como corredor de distribución deberán monitorear cualquier ajuste posterior en la política arancelaria regional y asegurar que sus procesos de inspección y clasificación cumplan con los requisitos de la CAN y de la normativa colombiana.

En conclusión, la medida de la CAN restablece un marco más estable para el comercio subregional, pero los importadores que envían mercancías a Colombia desde China deben seguir atentos a posibles cambios regulatorios y mantener sus procesos de clasificación y cumplimiento al día para garantizar una cadena de suministro sin interrupciones.

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